Perú continúa con las regulaciones y estrategias que buscan la masificación del sistema de facturación electrónica y esta vez se anunció que las empresas tendrán nuevos plazos para el envío de facturas electrónicas a partir del 2022. Continúa leyendo que vamos a contarte todo lo que abarca la nueva resolución.
Conoce los Nuevos Plazos para el envío de Facturas Electrónicas
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) determinó que a partir del 1ro de enero del 2022, las facturas electrónicas tendrán que enviarse a este organismo o al Operador de Servicios Electrónicos (OSE), según corresponda; en un período de hasta de dos días calendario. Estos días se contarán desde el momento de su emisión para que sean consideradas válidas.
Conoce las diferencias entre un Proveedor de Servicios Electrónicos y un Operador de servicios Electrónicos aquí.
Toda esta nueva normativa está conforme la Resolución de Superintendencia N° 150-2021/Sunat que también busca entre sus modificaciones impulsar el factoring para las micro, pequeñas y medianas empresas (MYPES), emprendimientos y startups. Posibilitándoles la opción de negociar con sus comprobantes de pago electrónicos con el fin de obtener financiamientos inmediatos.
¿Cómo funciona el envío de las facturas electrónicas?
Los emisores deben enviar a la SUNAT la nota o factura electrónica vinculada, ya sea en la misma fecha que se emitió o al día calendario siguiente. Pero vencido este periodo de dos días, el comprobante electrónico no es enviado será considerado no válido, aunque ya haya sido entregado a un usuario o adquiriente.
De esta misma forma, el emisor electrónico que trabaje con una OSE (un Operador de Servicios Electrónicos autorizado por SUNAT), debe remitir un ejemplar de la nota o factura electrónica vinculada con los mismos plazos establecidos de dos días calendario.
Actualmente los emisores electrónicos tienen un plazo de 7 días calendario para enviar sus facturas electrónicas contando desde el día que se emitió. Estos nuevos plazos comenzarán a partir del 2022. Sin embargo, la resolución cuenta con un plazo excepcional que te explicaremos a continuación.
Plazo excepcionar para el envío de Facturas Electrónicas
La nueva resolución también estableció que, durante el mes de diciembre, exactamente para el periodo 17 al 31 de diciembre del 2021, se tendrá en cuenta un plazo excepcional para el envío de la factura electrónica vinculada, que será de hasta tres días calendario. Contando desde el día calendario siguiente a la fecha de emisión.
Según lo anunciado por SUNAT, Transcurrido ese plazo, no tendrá la calidad de factura electrónica ni de nota electrónica, aun cuando hubieran sido entregadas al adquirente o usuario, y el OSE no podrá realizar la comprobación material de las condiciones de emisión de lo recibido.
¿No te quedó claro? No te preocupes, nosotros te lo resumimos en este simple cuadro:
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