Se posterga la obligatoriedad para Emisores Electrónicos

Publicado el 6 julio, 2020 Se posterga la obligatoriedad para Emisores Electrónicos 1

 

El aislamiento social obligatorio, nos ha llevado a realizar ciertos cambios tanto culturales como en las labores que se desarrollan a largo de nuestro país.  Con esta medida, se ha visto impedida la continuidad de los procesos de implementación que son necesarios para cumplir con la obligatoriedad de emitir los comprobantes de pago electrónicamente, ya que esto significa incurrir en costos que puede impactar a aquellas empresas que están recientemente inscritas en el RUC y también a  cuyas actividades que se han visto paralizadas producto de la contingencia.

La SUNAT ha hecho pública la Resolución Nº 073-2020 en el Diario “El Peruano” el día 28 de abril del 2020, con el objetivo de  postergar las fechas de designación de los nuevos emisores electrónicos y las facilidades para aquellas empresas que se han iniciado durante el Estado de emergencia.

De esta manera queremos informar cuáles serán las nuevas fechas hasta donde podrán continuar emitiendo en formatos impresos y/o importados por imprentas autorizadas, quienes adquirieron la calidad de emisor electrónico:

  • Emisor Electrónico por elección en el mes de Octubre de 2019, y quienes se inscribieron en el Registro Único de Contribuyente (RUC) en el mes de Enero de 2020, tendrán hasta el 31 de agosto de 2020
  • Calidad de Emisor Electrónico por elección en el SEE durante los meses de Noviembre de 2019 a Febrero de 2020 respecto a las facturas electrónicas, boletas de ventas electrónica y/o notas electrónicas, tendrán hasta el 01 de septiembre del 2020.
  • Quienes se inscribieron en el RUC en los meses de febrero, marzo, abril y mayo de este 2020 tendrán hasta el 1 de septiembre de 2020

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